¿Te llegó una demanda o una invitación a mediación? Qué hacer en los primeros días

Una boleta de citación o una invitación de un centro de mediación suele llegar en el peor momento. Lo que hagas en los primeros días no decide el caso, pero sí cuántas opciones vas a tener para defenderte o para negociar.

Carolina Borja

Carolina Borja

Abogada · Resolución de Disputas · Grupo Clarté

En consulta escuchamos casi siempre la misma frase: «me llegó esto y no sé qué es». A veces es una demanda; otras, una invitación a una audiencia de mediación; y otras, una notificación administrativa que sigue reglas distintas. Antes de decidir qué hacer, hay que saber qué tienes en la mano.

Primero: identifica qué recibiste

Si es una demanda: el reloj ya está corriendo

En los procesos judiciales los plazos se cuentan como términos: solo corren los días hábiles, sin sábados, domingos ni feriados (Código Orgánico General de Procesos o «COGEP», arts. 73 y 78). El tiempo para contestar depende del procedimiento que el juez haya dado a la demanda, y eso consta en el auto de admisión:

Contestar no es solo «responder». En la contestación debes pronunciarte sobre cada hecho y cada pretensión, diciendo con claridad qué admites y qué niegas (art. 151, COGEP); plantear todas las excepciones, entre ellas la prescripción, la caducidad o la existencia de un convenio arbitral o de mediación (arts. 151 y 153, COGEP); y anunciar toda la prueba con la que te vas a defender: documentos, testigos, peritajes (art. 152, COGEP). La prueba que no se anuncia a tiempo, por regla general, ya no se puede usar después (art. 159, COGEP).

¿Y si no contestas? La ley no te da por vencido automáticamente: la falta de contestación se toma como negativa de los fundamentos de la demanda (art. 157, COGEP). Pero pierdes la oportunidad de plantear tus excepciones y de anunciar tu propia prueba, y el juicio avanza sin tu versión de los hechos. Contestar mal también tiene costo: una contestación genérica no te deja por vencido, pero desperdicia la única oportunidad de plantear tus excepciones y anunciar tu prueba.

Qué hacer en los primeros días

  1. Anota la fecha exacta en que te citaron y guarda la boleta, la demanda y todo lo que recibiste, tal como llegó.
  2. No le escribas a la otra parte para «aclarar las cosas». Un mensaje de WhatsApp o un correo puede terminar como prueba en tu contra. Tampoco publiques nada sobre el conflicto.
  3. Reúne la documentación desde el primer día: contratos, facturas, comprobantes de pago, correos, mensajes, actas de entrega. Como la prueba se anuncia con la contestación, lo que no encuentres ahora difícilmente podrás usarlo después.
  4. Revisa tus contratos. Si tienen una cláusula de arbitraje o de mediación, puede ser tu mejor defensa: hay que alegarla como excepción, porque si no se opone, la ley entiende que renunciaste a ella.
  5. Busca abogado en la primera semana, no en la última. Un término de 15 o 30 días hábiles parece largo hasta que hay que conseguir documentos, testigos o un peritaje.
  6. Evalúa si te conviene negociar. Las partes pueden conciliar en cualquier estado del juicio, y en la audiencia preliminar el juez debe promover la conciliación. También se puede pedir o aceptar que el juez remita el caso a un centro de mediación (arts. 233 y 294, COGEP).

¿Te llegó una citación o una invitación a mediar?

Revisamos contigo qué recibiste, cuánto tiempo tienes y qué conviene hacer primero.

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Si es una invitación a mediación

La mediación es un procedimiento en el que un tercero neutral, el mediador, ayuda a las partes a buscar un acuerdo voluntario (Ley de Arbitraje y Mediación, art. 43). Es confidencial: las fórmulas de acuerdo que se discuten en la mesa no inciden en un juicio o arbitraje posterior (art. 50). Y nadie está obligado a aceptar un acuerdo que no le conviene.

¿Hay que ir? Casi siempre conviene. Si una parte no asiste a dos convocatorias, el mediador emite una constancia de imposibilidad de mediación (art. 51): la mediación se cierra sin acuerdo y la otra parte queda en libertad de seguir su reclamo por otra vía. Asistir, en cambio, te permite conocer qué pide la otra parte, medir la fuerza de su reclamo y negociar en reserva antes de que el conflicto se haga más caro.

"Los primeros días no deciden el caso, pero sí cuántas opciones vas a tener para defenderte o para negociar."

Si quieres comparar las tres vías con más detalle, en Mediación y arbitraje vs. juicio en Ecuador explicamos cuándo conviene cada una.

Errores frecuentes

  1. Esperar a que «se arregle solo» o dejarlo para los últimos días del término.
  2. Escribirle a la contraparte y terminar reconociendo hechos por escrito.
  3. Olvidar la cláusula arbitral o de mediación del contrato y no alegarla a tiempo.
  4. Ir a la mediación sin preparación o firmar un acta sin revisar si es posible cumplirla.
  5. No conservar la prueba: correos borrados, mensajes en el teléfono de alguien que ya no trabaja en la empresa, contratos sin firmar.

Resumen

Ante una demanda, lo urgente es saber qué procedimiento es, desde cuándo corre el término y qué prueba tienes. Ante una invitación a mediar, lo inteligente suele ser asistir preparado y no firmar nada que no puedas cumplir. En ambos casos, cuanto antes revises el caso con un abogado, más caminos tienes abiertos.

Si recibiste una citación o una invitación a mediación, conversemos 30 minutos sin costo o escríbenos al +593 99 222 3342.

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