Cinco decisiones que separan tu patrimonio personal del riesgo de tu negocio.
Si la cuenta de tu empresa se queda sin liquidez y un proveedor te demanda, ¿pueden cobrarse de tu casa, tu carro o las cuentas de tu cónyuge? La respuesta depende de cinco decisiones que la mayoría de dueños de Pyme posterga: el tipo societario bajo el que opera tu negocio (persona natural con RUC vs. SAS vs. Cía. Ltda. tienen responsabilidad radicalmente distinta), la capitalización formal de tu empresa (sin capital propio, los jueces ecuatorianos sí levantan el velo societario bajo el Art. 17 de la Ley de Compañías), la separación efectiva de cuentas y patrimonio entre tú y tu sociedad (cuentas mezcladas es una de las pruebas más fáciles para levantar el velo), la titularidad de tus bienes (inmuebles, vehículos e inversiones a nombre personal vs. dentro de una sociedad civil familiar bien estructurada), y el régimen patrimonial matrimonial (si tu cónyuge no es socio del negocio pero operan bajo sociedad conyugal, sus bienes pueden estar expuestos).
Ninguna de estas cinco decisiones se resuelve después de que llega la demanda. Se toman en frío, antes de que pase nada. Si tu Pyme opera hace más de tres años y nunca has revisado estas cinco capas, este es el mes para hacerlo: el cierre semestral del 30 de junio es el momento natural para tomar decisiones patrimoniales que entran en vigor desde el segundo semestre. En Clarté hacemos diagnóstico patrimonial puntual: dos horas con un abogado y un contador, y te dejamos identificadas las capas que están bien y las que están débiles.